viernes, 1 de noviembre de 2013

Anulan una compra de preferentes en Valladolid por no informar del riesgo

El juzgado de Primera Instancia Número 15 dicta el primer fallo en la provincia que obliga a Banco Ceiss a devolver los 15.000 euros que aportó la compradora

28.10.13 - 21:42 - Julio G. Calzada | Valladolid
El magistrado juez del Juzgado de Primera Instancia Número 15 de Valladolid ha dictado la primera sentencia que se registra en la administración de Justicia de la provincia por la compra de participaciones preferentes de una entidad de ahorro. En este caso de Banco Ceiss, a la que se condena a la devolución de los 15.000 euros entregados por la compradora en el año 2009 para la adquisición de participaciones preferentes de Caja España de Inversiones Salamanca y Soria, hoy Banco Ceiss.
 
La sentencia condena a Banco Ceiss al abono de 10.660,83 euros, porque la cantidad restante fue recibida por la demandante en concepto de intereses en estos años. Entiende el magistrado que no cabe la devolución de la cantidad completa y considerar frutos los intereses recibidos porque su fallo declara nula la compra de las participaciones por entender que no se informó del riesgo de esta operación, lo que anula el contrato de raíz.
 
El fallo, contra el que cabe recurso ante la Audiencia Provincial, ha sido dictado el 24 de octubre y hace referencia a la adquisición de participaciones preferentes por la demandante el 19 de mayo de 2009 «por recomendación de los empleados que estaban en ese momento en la sucursal», narra la sentencia en el primero de sus fundamentos de Derecho. «La intención de la actora era la de obtener algo de rendimiento a sus ahorros, pero siempre con el objetivo de no perder absolutamente nada, pues lo necesitaba para costear sus estudios en la universidad», precisa el fallo.
 
Relación de confianza
La promotora de la demanda, representada por el letrado Alberto López Soto, era cliente de la entidad desde hacía veinte años, por lo que su conducta «deriva de una relación de confianza, casi de dependencia entre ella y los empleados de la entidad», dice el fallo y recuerda que anteriormente, había tenido «acciones que le puso su padre a su nombre, consistiendo en plazos fijos».
 
La demandante sostiene que en la entidad «le explicaron que las participaciones preferentes eran algo similar a un plazo fijo a cinco años», afirma el texto judicial. «Le indicaron que si deseaba recuperar el dinero podría hacerlo inmediatamente y sin ningún problema, avisando previamente y sin ninguna penalización en su retirada», agrega.
 
En los fundamentos se indica que «no consta que se informara de los riesgos específicos propios de este producto, como su perpetuidad, vinculación de interés a beneficio y negociación en el mercado secundario, que de haberlos conocido no hubiera contratado con la entidad, por lo que prestó un consentimiento viciado por error».
 
El magistrado sostiene que las participaciones preferentes son «un producto complejo, como dispone la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). De todo lo anterior se constata que el término preferente no es transparente, ya que el inversor no tiene ninguna preferencia en el cobro de los rendimientos, ni en sus derechos».
 
«No se obró con diligencia»
Entiende el titular del juzgado que existe un deber de información que incumbe a las entidades bancarias y en caso de incumplimiento del mismo, se plantea si puede considerarse «que el consentimiento prestado por los accionantes al suscribir el contrato de compraventa de las participaciones, estaba viciado». Destaca así que lo relevante es aquí la «labor de asesoramiento de las entidades financieras», que entiende debe de ser personalizada, «teniendo en cuenta y siempre, las circunstancias, personales y económicas que concurren y le son expuestas por sus clientes. Puntualiza así que, en este caso, tanto la demandante como sus padres «manifestaron que el dinero querían destinarlo a los estudios de la actora, y que por ello no querían correr ningún riesgo en la inversión.
 
De hecho, querían plena disponibilidad, informándoles en la entidad que no habría riesgo, pues se podían vender en cualquier momento sin problemas».
Concluye el juez que «no se obró con la diligencia debida, ni en la elección del inversor ni en facilitar «información necesaria y suficiente para que aquel pudiera decidir».
 
FUENTE: www.elnortedecastilla.es
 
El juzgado de preferentes de Vigo se estrena con dos juicios de afectados por productos de NCG y Caja España   
 
Un matrimonio de septuagenarios denuncia que le vendieron subordinadas, pese a que el test indicó que no eran idóneos

 
EUROPA PRESS. 29.10.2013
 
El juzgado especializado de preferentes de Vigo se ha estrenado este martes con dos juicios (había un tercero señalado, pero fue suspendido tras un acuerdo entre las partes) de afectados por participaciones preferentes de NCG Banco y por obligaciones subordinadas de Caja España. Así, en la primera vista, se expuso el caso de un matrimonio joven de Nigrán, que denuncia que invirtieron 11.000 euros en dos paquetes de participaciones preferentes de NCG, contratados en una sucursal de Gondomar, sin tener conocimiento de ello, ya que creían que se trataba de un depósito a plazo fijo.
 
Según ha señalado su abogada, Olalla Carballo, estos dos jóvenes ya habían sido víctimas antes de irregularidades, puesto que NCG había dispuesto parte de sus ahorros para la compra de obligaciones subordinadas en 2007, aunque no lo descubrieron hasta el 2010, cuando la entidad les 'colocó' participaciones preferentes e iniciaron los trámites para reclamar su dinero. Estos afectados han denunciado que no se les informó de que adquirían ese producto y han negado haber sido sometidos al test de idoneidad que marcaba la legislación vigente, pese a que el banco lo ha aportado como prueba. "El documento tiene su firma, pero ellos niegan que les hayan hecho ningún test o cuestionario", ha precisado la letrada.
 
DEVOLUCIÓN
 
Este matrimonio reclama que se les devuelva la diferencia entre lo invertido y lo recuperado en el canje, además de los intereses, que ni siquiera eran elevados (un 1,08 por ciento), en total, unos 6.600 euros. Mientras, NCG ha negado que se hubiese ocultado información a estos clientes, a los que consideraba minoristas con perfil de riesgo medio y, en todo caso, el abogado de la entidad ha interesado que, de haber devolución, sea "recíproca", es decir, que los clientes reembolsen los 359 euros anuales de intereses percibidos. El juicio verbal de este caso ha quedado aplazado hasta el próximo 19 de noviembre a las 11.00 horas, porque el juzgado no ha tenido tiempo de notificar la citación a una testigo propuesta por la defensa: la interventora de la oficina de NCG de Gondomar donde se formalizó el contrato.
 
"no convenientes"
 
Por otra parte, la misma sala ha acogido el juicio verbal contra Caja España, por la demanda de un matrimonio de septuagenarios de Vigo, que reclama la devolución de 4.000 euros más intereses, atrapados en obligaciones subordinadas de esta entidad, además de la anulación de la quita forzosa tras la conversión de parte de sus ahorros en bonos. Según su abogado, se trata de dos personas "sin conocimientos bancarios", sin apenas estudios, y que suscribieron un contrato "pensando que era un plazo fijo".
 
Además, el letrado, Carlos Bueno, ha señalado que el test de idoneidad señaló claramente que esos clientes eran "no convenientes" para esa operación y, de hecho, ha apuntado "irregularidades" en la realización del cuestionario, que "fue realizado al marido, y firmado por la mujer".
 
El abogado de Caja España, por su parte, ha negado que la entidad hubiese ocultado información a estos clientes o les hubiese "inducido" a suscribir obligaciones subordinadas, y ha recordado que el producto adquirido tenía una alta rentabilidad, aunque también alto riesgo. "Mientras obtenían un rendimiento del 7,50 por ciento de interés, nada objetaron", ha señalado en el juicio, al tiempo que ha apuntado que "el hecho de que uno no sea inversor minorista, no lo convierte en un incapaz".
 
Finalmente, estaba señalado para este martes otro juicio, por el caso de un matrimonio de Salceda al que, según ha apuntado el marido, engañaron "como a niños", al hacerles creer que colocaban 5.000 euros en un plazo fijo, cuando no era así. Esta vista quedó suspendida tras llegar a un acuerdo las partes. Los abogados prevén que las primeras sentencias de este juzgado no se hagan esperar demasiado, al iniciarse ahora su actividad. Asimismo, han subrayado la importancia de esas primeras resoluciones, porque marcarán la senda de futuros pleitos y sentencias.
FUENTE: www.20minutos.es
San Andrés del Rabanedo |
 
Dos vecinos recuperan 30.000 euros en preferentes a través de la Omic

La oficina del consumidor reclamó las cantidades invertidas ante la CNMV

r. arias | san andrés 29/10/2013
 
Dos vecinos de San Andrés del Rabanedo han conseguido recuperar al margen de la acción judicial los ahorros que sus respectivas entidades financieras habían invertido en participaciones preferentes con un riesgo evidente. Los afectados, cuya identidad no ha trascendido, acudieron a la Oficina Municipal de Información al Consumidor (Omic) para tratar de rescatar 18.000 euros en un caso y 12.000 en otro. La Omic inició en ambos un procedimiento administrativo de reclamación ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y en última instancia no ha sido preciso siquiera llegar a la resolución del expediente.

La oficina recuperó 18.000 euros para un vecino preferentista de edad muy avanzada que había acudido a la oficina después de que el defensor del cliente de su entidad bancaria le denegase la posibilidad de acceder a este dinero. Asimismo, a través de la Comisión Nacional del Mercado ha confirmado la devolución de 12.000 euros a una mujer que ya había alegado que resultó engañada por su banco al destinar su dinero a preferentes cuando en realidad lo que creía haber contratado era un depósito a plazo fijo.

La concejala responsable del área de Consumo, Noelia Álvarez, ensalzó ayer el trabajo realizado desde la Omic, «que ha tenido sus frutos y unos resultados muy satisfactorias para los vecinos titulares de preferentes y subordinadas frente a las reclamaciones efectuadas contra diversas entidades bancarias».

Álvarez resaltó que éstas son dos de las numerosas actuaciones que está llevando a cabo la Omic, que tramita expedientes de reclamación en nombre de los usuarios ante el Defensor de la Clientela de las Cajas y Bancos que llegan finalmente a resolverse por la Comisión Nacional del Mercado de Valores o, en su caso, por el Banco de España.

La actividad del Servicio de Consumo en el Ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo ha experimentado un incremento muy considerable debido al volumen de reclamaciones y consultas que se plantean por los vecinos frente a los bancos y cajas, tanto en el tema de preferentes y subordinadas, como de cláusulas suelo en el contrato de hipotecas.

El trámite administrativo que siguiendo las normas legales se lleva a cabo desde el servicio de consumo para denunciar malas prácticas bancarias y falta de ética por las entidades, supone únicamente tiempo y paciencia en los usuarios y consumidores que reclaman. Pero en contrapartida, conlleva asesoramiento jurídico gratuito y una resolución expresa de la CNMV o en su caso, el Banco de España, que siempre podrán hacer valer ante los tribunales ordinarios si no quedara otro medio de defensa.
 
FUENTE: www.diariodeleon.es

Tres nuevos bufetes agilizarán las demandas de los preferentistas

La plataforma contrata más abogados «ante la avalancha de reclamaciones»

29.10.2013 | 00:51
 
Los representantes de la Plataforma de Afectados por las Preferentes de Caja España-Duero en Zamora se reunieron ayer con responsables de tres bufetes de abogados zamoranos para firmar un convenio de colaboración entre ambos colectivos. La plataforma se ha visto obligada a recurrir a los servicios de más bufetes ante la «avalancha» de demandas judiciales a las que se tiene que hacer frente. La actividad durante las últimas semanas está siendo muy intensa dentro de la asociación, pues se han presentado las demandas que quedaban en el tintero y, poco a poco, los procesos abiertos contra Caja España-Duero van viendo la luz en los juzgados de Zamora y de otras localidades como Benavente o Toro.

La plataforma asegura que con esta decisión pretende agilizar las demandas para que sus socios puedan recuperar el dinero que invirtieron en participaciones preferentes lo antes posible. Aunque el proceso es lento la plataforma confía en que los tribunales les den la razón y obliguen a Caja España-Duero, como ha sucedido en anteriores ocasiones, a devolver íntegramente el dinero desembolsado en preferentes más los intereses que correspondan al haber inmovilizado ese dinero durante un tiempo determinado. Hasta el momento las tres sentencias que han dictado los tribunales de Zamora, Salamanca y León han dado la razón a los ahorradores y han condenado a Caja España-Duero a reembolsar el dinero con el que se compraron preferentes.

Con este nuevo movimiento la plataforma confirma que sus socios no están dispuestos a aceptar la oferta de canje de Unicaja y se plantarán en los tribunales masivamente. En Zamora la plataforma espera que los juzgados tengan que hacer frente a más de mil demandas y se prevé que la entidad se enfrente a más de 15.000 en todo el país.

La plataforma indica que convocará próximamente una asamblea en la que informará a sus socios sobre las novedades del proceso y presentará a los abogados para que sean ellos los que también puedan ir a sus despachos de forma individual. Además, la plataforma aprovechará la cita para dar detalles de la última oferta de Unicaja y dar a los preferentistas todos los detalles sobre que decisión tomar. El sentir general es que el camino más oportuno es el de los tribunales.
 
FUENTE: www.laopiniondezamora.es
 

GALICIA

Arrancan los 525 juicios contra la banca por las preferentes

La sala de bodas civiles reformada celebra hoy las dos primeras vistas

El juzgado de refuerzo de las preferentes de Vigo celebra hoy los tres primeros juicios de los 525 que tiene acumulados desde el 1 de septiembre. La jueza examinará dos procedimientos verbales para anular contratos de preferentes o reclamar la devolución de los ahorros, uno contra NCG y otro contra el Banco de Soria. Además, estudiará la impugnación de un preferentista al que la Xunta le denegó la justicia gratuita.
 
El juicio comenzará a las 10.00 horas en la sala de bodas civiles, que fue reformada para acoger las vistas de preferentes y subordinadas. El portavoz de la plataforma de afectados de Vigo-Val Miñor, Xosé Manuel Estévez, anunció ayer que medio centenar de preferentistas se concentrarán durante tres horas ante los juzgados para recalcar lo simbólico del primer juicio. Para ello, avisaron hace unos días a la Subdelegación del Gobierno de que cambiaban su concentración habitual ante la sede de NCG por otra junto a la sala de bodas en la calle Lalín. «Queremos hacer presencia, que sepan que estamos ahí», dijo ayer Estévez.
 
El hecho de que NCG haya denegado más de 60 actos de conciliación ha disparado los pleitos. «El acuerdo prejudicial no va para adelante, quizás haya una oportunidad con los acuerdos con demanda. Pero el banco mirará los casos que más les interesen por cantidades pequeñas y causas probadas. Entendemos que estos juicios van a ir muy lentos y a cuentagotas, no es una avalancha como los arbitrajes en tiempos de elecciones, será más lento y puntual», dijo ayer Estévez.
 
Este insistió en que NCG «si vende imagen de buena gente, que lo prueben». Pero lo que más le preocupa es la disparidad de criterios entre los jueces de Vigo. Según Estévez, unos magistrados admiten una causa tras el canje para recuperar la diferencia mientras que otros jueces dicen que no se puede reclamar los ahorros así, si no que tiene que se tiene que pedir la nulidad del contrato, por el total, el líquido nominal del inicio. Eso se traduce en que algunos jueces imponen tasas judiciales más altas porque el pleito también es mayor, a causa de la diferencia del total y el canje. Estévez ha hablado sobre esta discrepancia con secretarios judiciales del Pontevedra, con el poder judicial y con el PP. «Creemos que los jueces necesitan más calidad y unificación de criterios, si las causas son comunes, no puede ser que unos vayan de una guisa y otros de otra porque eso va en detrimento de los afectados, y estos no se deciden a reclamar», se quejó el portavoz. Este recuerda que aquellos que quieren recuperar de 2.000 a 4.000 euros, lo que quedó de la quita, hacen cuentas y no les salen por los costes de tasas, costas judiciales, minutas de los abogados y procuradores. «La gente piensa que si pierde se queda sin otros 4.000 euros, tiene miedo y eso va en favor del banco. Hay 35.000 casos de afectados con pequeñas cantidades y son muchos millones de euros que se dejan de recuperar y es una justicia», explicó Estévez.
 
Por otra parte, una abogada de oficio recordó ayer el caso de un zapatero que lo único que cobra es una incapacidad permanente y que tiene 35.000 euros atrapados en preferentes. «Como no paga tasas, va a llevar la demanda hasta el final. Aunque le llame el banco para llegar a un acuerdo no va a negociar, va a decir que no y llegará al final para recuperar todo», dijo.
 
FUENTE: www.lavozdegalicia.es

“Si hubiéramos informado del alto riesgo de las preferentes, los clientes se nos irían”

El juez condena a Bankia a devolver los 140.000 euros a su cliente y condena a la entidad a costas

“Si hubiéramos informado del alto riesgo de las preferentes, los clientes se nos irían”. Así lo reconoce el comercial de la sucursal de la Fuensalida (Toledo) en sede judicial (pág. 12 de sentencia adjunta). Por su parte, el director de la sucursal reconoce que la iniciativa de colocar las preferentes fue de la entidad y que la afectada mantenía una relación de confianza con Bankia tras 20 años de relación comercial. Estas son las palabras de un comercial de Bankia que reconoce en un juzgado que no informó del alto riesgo de las preferentes porque sino “los clientes se nos irían”. Navas & Cusí lleva ganados todos los pleitos de preferentes en los que se ha personado.

Tal era la confianza que el comercial practicó los trámites de la colocación en el domicilio de la cliente debido “a la edad y a las condiciones de salud”. La afectada es una señora de 87 años y con estudios básicos. Es decir, perfil conservador. De hecho el comercial reconoce en el juicio que mantenía fondos de riesgo moderado y renta fija.

Según la sentencia del titular Nº 2 de Torrijos (Toledo) [ver sentencia], su explicación sobre la liquidez del producto fue “confusa”. En cambio considera “determinante” que no informara del “ato riesgo” y se limitara a informar de “cierto riesgo”. La explicación es aun más demoledora: “Sino, lo clientes no van”, reconoció el gestor en el juicio. “El reconocimiento del comercial resulta concluyente y muestra la realidad: los clientes acudieron engañados; de conocer el riesgo que asumían, no habrían acudido. Se vendió como seguro y líquido lo que era perpetuo y de alto riesgo”, concluye Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí.

Información equivocada y confusa

El fallo considera probado que la información suministrada a la cliente fue “equivocada y confusa”. Recuerda que la directiva MiFID (traspuesta en la Ley 47/2007 de 19 de diciembre) obliga a las entidades a facilitar información “imparcial, cara y no engañosa” y a los gestores a actuar con “diligencia y transparencia en interés del cliente cuidando de ellos como si fueran los propios intereses”.

Además, señala que el test de conveniencia no se realizó en su presencia sino que lo realizó el comercial “conociendo su perfil”. La sentencia considera que los escasos conocimientos financieros de la cliente hicieron imposible que entendiera que las preferentes tienen “carácter perpetuo y que la rentabilidad está condicionada a la obtención de beneficios” tal y como las define la CNMV.

Por todo ello, concluye que el error en el consentimiento fue “determinante, esencial y excusable” y por tanto “invalidante” del acuerdo de 22 de mayo de 2009 por el que suscribió las preferentes. En consecuencia declara nulo el contrato, obliga a la entidad a devolver los 140.000 euros invertidos y condena a Bankia a costas. “Es nuestra última victoria en la batalla por las preferentes y las hemos ganado todas, 100% de éxito”, señala con orgullo Navas.
FUENTE: www.elmundofinanciero.com
La última sentencia
 
28/10/13
La última sentencia contra Caja España conocida hasta el momento la ha dictado el Juzgado de Primera Instancia Número 6 de Oviedo, que estima íntegramente los arguentos de que faltó información al cliente sobre la deuda subordinada que contrató, y que el banco sólo miró por su interés, por lo que deberá devolverle 8.000 euros.
 
El juez señala en la sentencia que el banco «demostró un claro deseo de obtener liquidez a toda costa, lo cual es de todo punto criticable»; y basa la nulidad del contrato en el incumplimiento de la obligación de informar y en un error del consentimiento prestado
 
FUENTE: www.diariodeleon.es