Desestimadas dos demandas colectivas de Adicae por venta de preferentes de NCG
Las sentencias reconocen la existencia de prácticas abusivas aunque no se puede establecer un criterio único para todas las demandas
La Justicia ha vuelto a dar la
espalda a las demandas colectivas por la venta de participaciones
preferentes. En este caso han sido dos juzgados de A Coruña los que han
resuelto de forma contraria a los intereses de la asociación Adicae, que
encabezaba sendas demandas grupales contra las antiguas Caixa Galicia y
Caixanova por la comercialización de este producto tóxico.
En síntesis, lo que vienen a decir las sentencias es
que, aunque se reconozca la existencia de prácticas abusivas por parte
de las antiguas cajas de ahorros, no se puede establecer un criterio
único para todas las demandas. Y añade que ya no se está produciendo la
colocación de esos productos. Por ello, la jueza sostiene que el riesgo
de reiteración futura no existe en la actualidad, por lo que la acción
colectiva de cesación de esta actividad ya no tendría efecto. Contra
estas sentencias cabe recursos.
En lo tocante a las acciones individuales sobre las
que se pronuncia la sentencia, se desestima la impugnación de los
contratos por entender que no todas las condiciones generales de la
contratación son abusivas, ni se mantienen en el tiempo.
Las sentencias no valoran si existen vicios de
consentimiento, ya que la Audiencia Provincial de A Coruña acordó en un
auto -recuerda el TSXG- que todas las acciones planteadas al amparo de
la normativa contractual civil han de ser planteadas en los juzgados de
Primera Instancia, y no en los juzgados de lo mercantil.
Sí se estima parcialmente una de las demandas por
entender que una de las condiciones sí es abusiva y no puede mantenerse.
Es la que dice que «el cliente reconoce que es el único responsable de
asegurarse de que comprende los riesgos».
FUENTE: www.lavozdegalicia.es
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