Banco Ceiss busca justificaciones ‘absurdas’ para no asumir su responsabilidad en la venta de preferentes
La entidad quiso justificar la mala información que ofreció a su clienta culpando a su yerno, jubilado de banca desde el año 2000.
Una anciana de 94 años recupera un total de 140.000 euros en
preferentes invertidos en Banco Ceiss. Así lo ha sentenciado el Juzgado
de Primera Instancia número 6 de Alcorcón, al estimar la demanda
interpuesta por nuestra defendida, declarando la anulación, por error de
vicio en el consentimiento, de las órdenes de suscripción de los
productos denominados “participaciones preferentes Caja Duero 2009 y obligaciones subordinadas Caja Duero 2009”.
Banco Ceiss –antiguas Caja Duero, Caja España y Unicaja- acumula
varias sentencias condenatorias por malas prácticas en Asturias, no sólo
por venta de preferentes sino también por incluir la cláusula suelo en
sus contratos hipotecarios, hecho por el que ya ha sido condenado por la
Audiencia Provincial de Oviedo. A través de su red de oficinas en el
Principado se estima que desde las antiguas sucursales de Caja España ha
podido ‘colocar’ participaciones preferentes a más de 5.000 asturianos
con importes invertidos de entre 6.000 a 200.000 euros.
El Juzgado condena a la entidad a la restitución del importe total de 140.000 euros, más los intereses
desde el cargo efectuado y las costas, teniendo que restituir la actora
la remuneración percibida por los productos declarados nulos.
‘Curiosa’ defensa por parte de la entidad
En este procedimiento hay que comentar la ‘curiosa’ defensa por parte
de la entidad. Banco Ceiss ha sido ya condenado en multitud de
ocasiones por vender preferentes de forma indiscriminada a sus clientes
incurriendo una y otra vez en una mala comercialización de las mismas
por falta de información a sus clientes.
En este caso concreto la entidad ha querido exculparse y no asumir su
deber de informar correctamente a sus clientes, aludiendo a que el
yerno de nuestra asociada, ex trabajador en otra entidad bancaria, se
suponía que tenía los conocimientos suficientes para asesorar a su
suegra sobre este complejo producto.
Es cierto que esta persona sí fue trabajador en una entidad bancaria,
pero no en un departamento dedicado a la venta de productos
financieros, y lo más chocante es que se jubiló de dicha entidad en el
año 2000, cuando la comercialización de preferentes y subordinadas a
particulares no se realizó de forma masiva hasta el año 2002. Entonces
¿Es razonable presuponer que era la persona indicada para asesorar a
nuestra asociada?
El juez encargado del caso en Alcorcón ha demostrado su sentido común
al estimar que no había motivos para que el yerno declarara, ya que la
obligación de informar es de la entidad y máxime en productos tan
complejos como estos según destaca la sentencia que refleja la
complejidad de las preferentes y obligaciones subordinadas en
comparación con otros productos bancarios, siendo además su contrato de adhesión confuso y difícil de entender.
Ausbanc anima a reclamar de forma individual
Ausbanc vuelve a recomendar a los preferentistas de perfiles
conservadores que no tenían intención de ‘invertir’ su dinero sino de
‘ahorrarlo’ que acudan a los tribunales de justicia para recuperar el
100% de su dinero.
Como demuestra esta sentencia, la mejor solución para estos preferentistas es la presentación de demandas judiciales individualizadas donde
se exponga caso por caso los perfiles y circunstancias de cada
ahorrador. Hay que recordar que el FROB puso sobre la mesa 402 millones
brutos para cubrir los pleitos de los bonistas que no aceptaron la
oferta de canje y decidan acudir a los tribunales. Ausbanc considera que
esto da tranquilidad a los afectados ya que les garantiza que hay
fondos suficientes para recuperar su dinero.
Ausbanc cuenta con amplia experiencia en esta materia y puede decir
que actualmente el 95% de las demandas presentadas han sido ganadas y el
dinero devuelto a los ahorradores.
Otras condenas a Banco Ceiss
Banco Ceiss continua acumulando sentencias por mala comercialización
de participaciones preferentes en distintos lugares de la geografía
española. Una de las más recientes es la sentencia del Juzgado de
Primera Instancia nº 14 de Valladolid que le condena y declara la
nulidad de una orden de compra de Participaciones Preferentes y la
devolución al cliente de 36.000 euros.
FUENTE: www.mercado-dinero.es
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