Caja España deberá devolver 22.000 euros a dos preferentistas vitorianos
El juez de Primera Instancia número 5 de Vitoria considera que la entidad no informó a un matrimonio de 70 años de la perpetuidad del producto
El Juzgado de Primera Instancia número 5 de la capital alavesa ha
dictado una sentencia en la que considera probado que los empleados de
Caja España "tenían orden de vender participaciones preferentes a toda
costa a sus pequeños ahorradores" y que los demandantes, una pareja de
jubilados de más de 70 años, "no eran unos expertos financieros".
De hecho, poseían "productos financieros conservadores" y tenían "plena
confianza" en Caja España, por lo que "firmaban y autorizaban lo que la
entidad financiera les proponía". "Es más -añade el fallo- ni siquiera
sabían lo que firmaban".
En este contexto, el matrimonio adquirió participaciones preferentes a pesar de que el gestor de la entidad "no le asesoró y no le manifestó que el producto podía tener un carácter perpetuo y de altísimo riesgo". Es decir, concluye el fallo, los clientes "no recibieron información precisa, veraz, imparcial y clara sobre los riesgos del producto, en especial, sobre la duración" del mismo. El problema surgió, recoge el fallo, cuando la pareja quiso recuperar su dinero y se encontró con "la negativa" de Caja España. El juez considera que si la entidad "hubiera dado la información completa" el matrimonio "no se hubiera ligado a perpetuidad" con la entidad y entiende por tanto que en la firma del contrato hubo "un error invalidante".
Por ello, estima la demanda del matrimonio, declara la nulidad de los contratos y condena a Caja España a reintegrar los 22.000 invertidos en preferentes, al tiempo que ordena a la pareja a devolver los intereses percibidos por estos títulos. La sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vitoria puede ser recurrida ante la Audiencia de Álava en el plazo de veinte días
FUENTE: www.cadenaser.com
En este contexto, el matrimonio adquirió participaciones preferentes a pesar de que el gestor de la entidad "no le asesoró y no le manifestó que el producto podía tener un carácter perpetuo y de altísimo riesgo". Es decir, concluye el fallo, los clientes "no recibieron información precisa, veraz, imparcial y clara sobre los riesgos del producto, en especial, sobre la duración" del mismo. El problema surgió, recoge el fallo, cuando la pareja quiso recuperar su dinero y se encontró con "la negativa" de Caja España. El juez considera que si la entidad "hubiera dado la información completa" el matrimonio "no se hubiera ligado a perpetuidad" con la entidad y entiende por tanto que en la firma del contrato hubo "un error invalidante".
Por ello, estima la demanda del matrimonio, declara la nulidad de los contratos y condena a Caja España a reintegrar los 22.000 invertidos en preferentes, al tiempo que ordena a la pareja a devolver los intereses percibidos por estos títulos. La sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vitoria puede ser recurrida ante la Audiencia de Álava en el plazo de veinte días
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