El juzgado anula el canje de Unicaja a dos preferentistas que intentaron revocarlo
La sentencia, pionera en España, deja sin
efecto los requisitos de Málaga, que obligaba a renunciar a los
tribunales para acogerse a su oferta
DIEGO G. TABACO
El juzgado de Primera Instancia número seis de la capital ha anulado las
condiciones de canje ofrecidas por Unicaja a todos aquellos
preferentistas que eligieron acogerse a una serie de condiciones y
renunciaran a cambio a ir a los juzgados. La sentencia, pionera en el
país según reconoce Antonio del Castillo, el abogado encargado de su
tramitación, viene a anular uno de los requisitos que los preferentistas
que acudieron al canje debían olvidar: acudir a los tribunales. De esta
manera el juez estima que el canje no es suficiente para que los
afectados pierdan el derecho a recuperar sus ahorros en los juzgados.
Del Castillo estima que son muchos los "ahorradores zamoranos" que
"fueron engañados nuevamente por Caja España-Duero Banco Ceiss" que, de
la mano con Unicaja y el FROB, promovieron un "mecanismo de canje o mal
llamado arbitraje o proceso de revisión". En dicho canje, recuerda el
letrado, Unicaja ofrecía a los afectados por la venta de preferentes u
obligaciones subordinadas "bonos basura y dinero en efectivo, que cotiza
a Hacienda con un 21% de retención fiscal".
La oferta de
Unicaja era válida tanto para aquellos preferentistas que fueron
engañados en la venta de títulos como para los que no. De esta manera
quienes dijeron "sí" a las condiciones de Málaga, aproximadamente cuatro
de cada diez afectados, se aseguraban una contraprestación en efectivo y
una serie de bonos de Unicaja a canjear en acciones cuando la entidad
salga a bolsa, operación prevista para dentro de unos dos años. También
se abría la vía, con la garantía del Fondo de Reestructuración Ordenada
Bancaria, de acudir a un sistema similar al arbitraje de las cajas
nacionalizadas para que todos los preferentistas que se consideraban
engañados pudieran recuperar, según decía el FROB, "hasta el 100% de su
inversión". Como recuerda el abogado el canje, que estuvo activo a
finales del año pasado y principios de este, exigía renunciar a los
juzgados.
El fondo de la cuestión es el mismo que los tribunales
de la provincia -y los del resto del país- llevan tiempo desgranando.
El juez interpreta que hubo falta de información en la venta de títulos,
que se trataba de un producto complejo para los inversores minoristas y
que no era adecuado para los ahorradores, además de evidenciar una
clara falta de información en el proceso de compra de títulos por parte
de la entidad. Así las cosas el matrimonio, de origen sayagués, cobrará
próximamente los 32.000 euros que en su día gastó en obligaciones
subordinadas. Como es común en este tipo de asuntos Ceiss tendrá que
costear además el interés legal del dinero desde la fecha de inicio de
la operación y se descontarán todos los rendimientos percibidos por los
afectados en tanto que cobraron intereses durante varios años.
Hay que recordar que el canje fue un proceso lanzado por Unicaja para
evitar, en la medida de lo posible, los problemas legales derivados a la
venta de preferentes por parte de Ceiss, entidad con la que entonces se
encontraba negociando.
FUENTE: www.laopiniondezamora.es
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