lunes, 3 de marzo de 2014

Una sentencia obliga a la Caja a devolver a Nogarejas 1,2 millones que invirtió en preferentes

La juez ordena a la junta vecinal el reintegro a Ceiss de 352.000 euros por intereses

La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de La Bañeza ha condenado al Banco Ceiss, antigua Caja España, a que devuelva a la Junta Vecinal de Nogarejas (municipio de Castrocontrigo) 1.200.000 euros que la pedanía había invertido el 13 de abril de 2009 en participaciones preferentes de la entidad financiera al considerar que ésta no informó de las condiciones del contrato y, por tanto, este es nulo. El banco deberá abonar las costa del proceso y recibirá de la pedanía 352.395,16 euros que esta última recibió como resultado de su inversión. A las cantidades objeto de devolución se sumará el interés legal del dinero hasta el momento en el que se ejecute la sentencia.

Al igual que en otras resoluciones sobre preferentes, la sentencia considera que Ceiss no informó de la complejidad y riesgos del producto a su cliente y sostiene que queda probada que existía una relación de confianza entre los responsables de la pedanía y el personal de la oficina de Castrocontrigo, en la que tenía la mayor parte de sus cuentas.

Según los testimonios recogidos en el juicio, el pedáneo, Olivio Campo, de la UPL, y su equipo se interesaron por productos financieros «o bien por un plazo fijo» en la oficina citada. Debido a la fuerte suma de dinero que se trataba, la sucursal consultó con el jefe de zona, quien remitió «una oferta por escrito» para la junta vecinal a la que siguieron «dos o tres entrevistas» entre el encargado de la zona y el pedáneo antes de firmarse el contrato. Para la juez, «es patente» que la caja prestó una labor de asesoramiento y que «la entidad local no fue informada puntualmente de las características del producto contratado. No se informó del riesgo de no percepción de remuneraciones, de absorción de pérdidas, de su carácter perpetuo [...] siendo deuda de peor calidad que los bonos ordinarios o pagarés», reza el fallo.

«De alto riesgo»
Es más, el entonces director de zonza admitió en el juicio «que no le dijo que era un producto de alto riesgo, porque entendía que no lo era», al igual que en la sucursal de Castrocontrigo aseguraron que el producto era «seguro y sin riesgo». Sin embargo, la magistrada apunta que la frecuencia de comercialización de preferentes y el hecho de que no hubiera existido problemas para su amortización «no elimina el verdadero carácter del producto, complejo y de alto riesgo».

La juez recuerda que la Junta Vecinal de Nogarejas por su carácter de Administración pública está obligada por ley «a invertir en productos seguros y líquidos» y que Ceiss no puede alegar que la entidad local ya había contratado este producto con otros bancos para «eludir su responsabilidad». Es más, «la amortización sin problemas de otras inversiones pudo generar una idea errónea» sobre la liquidez, disponibilidad y el riesgo de las preferentes.

Además de lo que dispone la Ley de Haciendas Locales, la juez abunda en que el obligado test de idoneidad del cliente «fue remitido para su cumplimentación varios meses después de la contratación de este producto».

«Libres de sospecha»

La juez coinsidera que la junta vecinal no firmó el contrato «libre y coluntariamente» porque la entidad bancaria no cumplió con su obligación de informar. Así, el consentimiento «lo fue viciado de error», por lo que declara la nulidad del contrato de participaciones preferentes.

El pedáneo de Nogarejas, Olivio Campo, manifestó ayer su satisfacción con la sentencia, que puede recurrirse ante la Audiencia Provincial, porque «nos libra de toda sospecha de habernos llevado el dinero del pueblo, como se llegó a decir, o de haber arriesgado éste con ánimo de lucro». Campo señaló que siempre buscó un producto «tipo plazo fijo» y que si se contrataron preferentes en otra ocasión fue «porque nunca nos dijeron que podíamos perder el dinero».

Campo relató que Caja España le ofreció «hasta en tres ocasiones» cambiar las preferentes «por otros productos que no nos garantizaban nada» y que «de entrada suponían perder un 70% de la inversión». Ante su negativa «llegaron a advertirme de que podían denunciarme».

FUENTE: www.diariodeleon.es

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