martes, 11 de junio de 2013

Primera sentencia en Zamora que anula un contrato de preferentes por «engaño» al cliente

Día 11/06/2013 - 09.15h

El fallo del Juzgado considera que se «enmascaró» el producto como plazo fijo

El Juzgado número 6 de Zamora ha dictado la primera sentencia que anula un contrato de preferentes de Caja España y ha obligado a la entidad a reintegrar los 100.000 euros invertidos, más los intereses generados. El fallo considera que hubo “engaño” y que se “enmascaró” el producto como plazo fijo, según publica La Opinión de Zamora y recoge Ical.
Asimismo, la sentencia favorece al preferentista, al decretar “la nulidad por completo del contrato” suscrito con Caja España y condenar a la entidad de ahorros a devolver los 100.000 euros invertidos por el demandante en ese producto bancario, más los intereses devengados desde la firma del acuerdo. Estima nulo de pleno derecho ese contrato al considerar que hubo “engaño”, puesto que se aseguró al inversor que su dinero rendiría como “a plazo fijo”.
En el fallo, notificado ayer a las partes, se critica a la entidad de ahorro “por no ofrecer una información clara y veraz” al cliente, que perdió sus ahorros con la operación bancaria que accedió a realizar por consejo del propio director de la oficina de Tábara. También, la magistrada apostilla que se ha producido un “vicio de consentimiento” porque la entidad financiera “enmascaró” el producto, cuando se trataba de una preferente, para presentarlo como igual a un plazo fijo.
Según el fallo, los argumentos esgrimidos por el trabajador de la entidad fueron tan convincentes que el demandante “estaba en la creencia de que contrataba un plazo fijo”, abunda la misma fuente en referencia al fallo judicial, pionero en la provincia zamorana y que afecta a un preferentista que está fuera de la Plataforma de Afectados. También, subraya que se trata de “contratos de riesgo y complejos” por lo que la información que debió ofrecerse al denunciante debió ser “más exhaustiva y concisa” hasta asegurarse el empleado de la financiera de que el cliente entendería, en toda su dimensión, el alcance de las consecuencias que podrían sufrir sus ahorros de producirse inestabilidad económica en el mercado financiero.
Caja España deberá también pagar las costas del juicio, a lo que le condena la sentencia al considerar la magistrada íntegramente la demanda del matrimonio zamorano, lo que indica que admite que la entidad no informó de forma lógica y transparente a los futuros preferentistas. El contrato se suscribió hace tres años, agregan las mismas fuentes judiciales, cuando el matrimonio perjudicado, ella profesora y él transportista, de mediana edad y vecinos de la capital, decidieron, orientados y animados por el director de la mencionada oficina, suscribir el contrato ahora anulado.

FUENTE: www.abc.es

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