Almunia niega que limitase el arbitraje de las participaciones preferentes
El comisario dice que el Gobierno y el Banco de España decidieron que NCG no era “sistémica”
“La Comisión Europea no estableció límites específicos” sobre el
número de preferentistas “que eventualmente pudieran tener acceso a los
procedimientos de arbitraje establecidos por las autoridades españolas”.
Así lo asegura el comisario europeo de Competencia, Joaquín Almunia, en
su segunda respuesta por escrito a la comisión de investigación sobre
las cajas del Parlamento de Galicia. Almunia también recuerda que fue el
Gobierno español el que decidió no considerar entidad “sistémica” a
Novagalicia.
Almunia, junto a la ex conselleira de Facenda Marta Fernández Currás y
al ex gobernador del Banco de España Miguel Ángel Fernández Ordóñez,
decidió no comparecer en persona ante la comisión de investigación. El
PSOE, como el resto de la oposición, anunció inicialmente como protesta
que no les formularía preguntas por escrito, como sí hizo el PP. Pero
finalmente sí le planteo a Almunia varias cuestiones orientadas a una
respuesta favorable a sus tesis. Sobre el arbitraje de preferentes, los
socialistas preguntan a su compañero de partido si la Comisión Europea
fijó “algún límite máximo de personas que podían someterse a éste”, como
dieron a entender en sus comparecencias hace un mes tanto los
responsables de la Xunta como de Novagalicia. Almunia contesta tajante
que no, que no estableció “límites específicos”, y dice que lo que pidió
de las autoridades españolas fue “que cualquier proceso de arbitraje
que pudiera establecerse se instrumentara mediante un profundo análisis
caso por caso que determinara las circunstancias particulares de la
venta fraudulenta de dicho instrumento”.
Almunia admite que el acuerdo entre el Gobierno y la Unión Europea
para el rescate bancario español incluía que los tenedores de
instrumentos de inversión como las preferentes asumiesen parte de las
pérdidas. Pero añade que la Comisión Europea “informó a las autoridades
españolas que el principio de reparto de la carga […] no podía nunca
imponerse a un laudo arbitral o sentencia judicial que determinase que
un determinado instrumento financiero fue originalmente fraudulentamente
comercializado”.
Almunia desvía al Gobierno español la respuesta a las preguntas sobre
si éste “hizo constar la situación” de los preferentistas estafados en
su negociación para el rescate bancario o si “intentó” hacer “una
distinción entre inversores y ahorradores que se vieron estafados”.
Almunia dice que esas son “opiniones o decisiones del Gobierno de
España, al que corresponde contestar”. Al comisario europeo se le
pregunta si fue el Gobierno de España el que determinó qué entidades
bancarias debían ser consideradas “sistémicas”. Y Almunia contesta que
“efectivamente” fueron “las autoridades españolas, incluyendo al
Ministerio de Economía y Competitividad, el Banco de España y el FROB
establecieron cuales de las entidades bajo reestructuración y con
necesidades adicionales de fondos públicos debía ser considerada
sistémica”.
FUENTE: www.elpais.com
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