La CE insiste en que los preferentistas no deben perder si hubo venta fraudulenta
El comisario Almunia reitera el argumento en la investigación sobre Novagalicia
maría j. muñiz | león 20/08/2013
La
Comisión Europea informó en su día a las autoridades económicas
españolas de que los tenedores de participaciones preferentes o deuda
subordinada no deberían asumir la carga de las pérdidas de las cajas de
ahorros rescatadas en el caso de que un arbitraje o una sentencia
judicial determinara que los productos habían sido comercializados de
manera fraudulenta. Un argumento que reitera ahora el commisario europeo
de Competencia, Joaquín Almunia, ante la Comisión de Investigación
sobre las entidades que lleva a cabo el Parlamento de Galicia.
En
una declaración escrita, Almunia señala que la Comisión Europea no puso
límite al número de ahorradores que podían someterse a los arbitrajes
para intentar recuperar la totalidad de su inversión frente a las quitas
establecidas en los procesos de rescate; pero sí se pidió a las
autoridades que se analizara en profundidad cada caso que acudiera a
esta herramienta para asegurarse de que los ahorradores habían sido
víctimas de una venta fraudulenta.
Los argumentos de Almunia
coinciden así con los de los miembros de las plataformas de afectados
por las participaciones preferentes, en el caso de León fundamentalmente
los que eran clientes de Caja España-Duero pero también muchos de Caixa
Galicia. Los segundos sí pueden acceder al procedimiento de arbitraje,
pero los clientes del hoy Banco Ceiss únicamente tienen la posibilidad
de acudir a la vía judicial para reclamar que se les devuelvan sus
ahorros.
Las demandas que ya se han presentado, y la avalancha que
se espera a partir de las próximas semanas, incide precisamente en que
los productos híbridos se comercializaron sin que los ahorradores fueran
en realidad conscientes de los riesgos que estaban asumiendo, por lo
que reclaman que se respete su inversión inicial y no se apliquen las
quitas establecidas, que hasta ahora van del 10 al 68% de la inversión
inicial.
El comisario de Competencia señala en su escrito a la
comisión de investigación del Parlamento gallego que efectivamente la
Unión Europea estableció como condición para aprobar el rescate de las
entidades financieras españolas en problemas (entre ellas Caja
España-Duero y Caixa Galicia) que los tenedores de instrumentos de
inversión, como preferentes o subordinada, debían asumir parte de las
pérdidas de las cajas en las que participaban.
Sin embargo, estas
quitas no deberán aplicarse si una sentencia o un laudo arbitral
establecen (y la decisión se toma caso por caso) que la venta de estos
productos híbridos se realizó de forma fraudulenta. Es decir, si se
diferencia entre los inversores y los ahorradores que se vieron
estafados.
Las primeras sentencias en este sentido sobre los
preferentistas de Ceiss, así como de las otras entidades afectadas,
están dando la razón a los ahorradores, aceptando su argumento de que
desconocían qué tipo de productos estaban contratando.
FUENTE: www.diariodeleon.es
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