miércoles, 21 de agosto de 2013

La CE insiste en que los preferentistas no deben perder si hubo venta fraudulenta

El comisario Almunia reitera el argumento en la investigación sobre Novagalicia

maría j. muñiz | león 20/08/2013

La Comisión Europea informó en su día a las autoridades económicas españolas de que los tenedores de participaciones preferentes o deuda subordinada no deberían asumir la carga de las pérdidas de las cajas de ahorros rescatadas en el caso de que un arbitraje o una sentencia judicial determinara que los productos habían sido comercializados de manera fraudulenta. Un argumento que reitera ahora el commisario europeo de Competencia, Joaquín Almunia, ante la Comisión de Investigación sobre las entidades que lleva a cabo el Parlamento de Galicia.
En una declaración escrita, Almunia señala que la Comisión Europea no puso límite al número de ahorradores que podían someterse a los arbitrajes para intentar recuperar la totalidad de su inversión frente a las quitas establecidas en los procesos de rescate; pero sí se pidió a las autoridades que se analizara en profundidad cada caso que acudiera a esta herramienta para asegurarse de que los ahorradores habían sido víctimas de una venta fraudulenta.
Los argumentos de Almunia coinciden así con los de los miembros de las plataformas de afectados por las participaciones preferentes, en el caso de León fundamentalmente los que eran clientes de Caja España-Duero pero también muchos de Caixa Galicia. Los segundos sí pueden acceder al procedimiento de arbitraje, pero los clientes del hoy Banco Ceiss únicamente tienen la posibilidad de acudir a la vía judicial para reclamar que se les devuelvan sus ahorros.
Las demandas que ya se han presentado, y la avalancha que se espera a partir de las próximas semanas, incide precisamente en que los productos híbridos se comercializaron sin que los ahorradores fueran en realidad conscientes de los riesgos que estaban asumiendo, por lo que reclaman que se respete su inversión inicial y no se apliquen las quitas establecidas, que hasta ahora van del 10 al 68% de la inversión inicial.
El comisario de Competencia señala en su escrito a la comisión de investigación del Parlamento gallego que efectivamente la Unión Europea estableció como condición para aprobar el rescate de las entidades financieras españolas en problemas (entre ellas Caja España-Duero y Caixa Galicia) que los tenedores de instrumentos de inversión, como preferentes o subordinada, debían asumir parte de las pérdidas de las cajas en las que participaban.
Sin embargo, estas quitas no deberán aplicarse si una sentencia o un laudo arbitral establecen (y la decisión se toma caso por caso) que la venta de estos productos híbridos se realizó de forma fraudulenta. Es decir, si se diferencia entre los inversores y los ahorradores que se vieron estafados.
Las primeras sentencias en este sentido sobre los preferentistas de Ceiss, así como de las otras entidades afectadas, están dando la razón a los ahorradores, aceptando su argumento de que desconocían qué tipo de productos estaban contratando.

FUENTE: www.diariodeleon.es

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