lunes, 3 de febrero de 2014

Banco Ceiss intentará pactar con sus preferentistas antes de llegar al juzgado

La ampliación del período de canje comienza hoy y se alargará hasta el martes l Unicaja y el FROB esperan mejorar los niveles de aceptación

01.02.2014 | 01:09

Ceiss intentará llegar a acuerdos previos con los afectados por la venta de participaciones preferentes antes de llegar a juicio. Esta información, que maneja la Plataforma de Afectados por las Preferentes de Zamora, coincide con la difundida en la noche del martes por la propia entidad a través de un «hecho relevante» remitido a la Comisión Nacional del Mercado de Valores y posteriormente eliminado. En ese documento se estipula que el FROB se hará cargo del 71% de las reclamaciones de los preferentistas que obtengan una sentencia favorable o «con los cuales se haya alcanzado un acuerdo». Además, según indican desde la plataforma zamorana, se podrían someter ciertos expedientes a arbitraje pese a que no hayan aceptado las condiciones de Unicaja en el periodo de aceptación del canje.
Banco Ceiss, según el «hecho relevante» eliminado pero cuya veracidad no fue desmentida por el FROB (solo dijeron que daba «demasiados detalles»), tendrá libertad de pactar con los afectados y para someter la cuestión a arbitraje en los términos que «estime conveniente». Sin perjuicio de lo anterior tendrá que realizar un informe justificativo de la idoneidad de estas dos soluciones ante las «nulas o escasas posibilidades» de obtener un procedimiento judicial favorable a los intereses de la entidad.
A partir de aquí, siempre y cuando la fusión de Ceiss y Unicaja culmine con éxito, el FROB tendrá quince días para comprar los valores que le indique la caja regional. Es decir, si Ceiss y un afectado cualquiera llegar a un acuerdo el organismo de reestructuración tendrá dos semanas para hacer frente a su porcentaje de pago, un porcentaje que llegará hasta el 71% y cuyo conjunto no superará en ningún caso los 241 millones de euros, según las últimas informaciones manejadas por el propio FROB, por Ceiss y por Unicaja.
Además Banco Ceiss decidirá en cada caso si el FROB adquiere los valores directamente al propio inversor, «de ser esto posible», o bien a la entidad regional. La obligación del FROB de adquirir estos valores termina el 31 de diciembre de 2025, con lo que Ceiss y Unicaja se aseguran de que el problema esté plenamente solucionado cuando acaben las obligaciones del organismo de reestructuración en este aspecto.
De otro lado, Unicaja anunció a última hora de la tarde de ayer que la ampliación del plazo para aceptar el canje comienza hoy y se desarrollará hasta el próximo martes, un total de tres días hábiles. Hay que recordar que durante este tiempo los preferentistas pueden acudir a las sucursales de Ceiss a formular nuevas órdenes de aceptación al canje de la misma manera que pueden acudir para revocar las que se dieron en su día. Para cursar estas revocaciones, destaca Unicaja, los titulares de bonos de Banco Ceiss deberán dirigirse a la entidad ante la cual cursaron la aceptación manifestando su intención de anularla.
Dos sentencias de los Juzgados de Salamanca a favor de Banco Ceiss avalan la venta de preferentes y obligaciones subordinadas por valor de 145.000 euros a varios clientes que contrataron estos productos, por considerar que se les ofreció la información conveniente.
En concreto, la sentencia de 28 de enero del Juzgado de 1ª Instancia número 2 de Salamanca estimó que la entidad bancaria proporcionó «información escrita del producto de conformidad con la legislación vigente» al demandante y en el tríptico informativo que se le proporcionó también se mencionaban los «riesgos de la operación». El demandante contrató preferentes por valor de 28.000 euros en el año 2009 y en 2010 invirtió 67.000 euros en diversas operaciones en obligaciones subordinadas, por lo que reclamaba a Ceiss la nulidad de los contratos por valor de 95.000 euros.
En la misma línea se pronunció el Juzgado de Instrucción número 6, al desestimar en la sentencia con fecha 29 de enero la demanda de nulidad de un contrato suscrito en el año 2009 por valor de 50.000 euros.
 
FUENTE: www.laopiniondezamora.es

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