Dos sentencias avalan la venta de 145.000 euros en preferentes por parte de Ceiss
Consideran que en los folletos informativos se recogen las características de riesgo de los productos contratados
Dos sentencias de los Juzgados de 1ª Instancia número 6 y 2 de Salamanca a favor de Banco Ceiss
avalan la venta de preferentes y obligaciones subordinadas por valor de
145.000 euros a varios clientes que contrataron estos productos, por
considerar que se les ofreció la información conveniente.
En concreto, la sentencia de 28 de enero del Juzgado de 1ª
Instancia número 2 de Salamanca estimó que la entidad bancaria
proporcionó «información escrita del producto de conformidad con la legislación vigente»
al demandante y en el tríptico informativo que se le proporcionó
también se mencionaban los «riesgos de la operación». El demandante
contrató preferentes por valor de 28.000 euros en el año 2009 y en 2010
invirtió 67.000 euros en diversas operaciones en obligaciones
subordinadas, por lo que reclamaba a Ceiss la nulidad de los contratos
por valor de 95.000 euros.
En la misma línea se pronunció el Juzgado de Instrucción
número 6, al desestimar en la sentencia con fecha 29 de enero la demanda
de nulidad de un contrato suscrito en el año 2009 por valor de 50.000
euros en obligaciones subordinadas. En este caso, también se consideró
que se informó «convenientemente» por parte de la entidad del producto
contratado y que en el folleto informativo se recogían las
características de riesgo del mismo y éstas se podían leer de forma «fácil» y sin «dificultad para su comprensión».
Asimismo, se indica que «no es admisible» afirmar que el
contrato se firmó «sin leerlo», porque esto sería una «negligencia por
parte del contratante». Además, se tuvo en cuenta que el cliente había
invertido «regularmente» en títulos de valores y obligaciones con un
nivel de riesgo importante, así como estaba «asesorado por sus hijos».
FUENTE: www.abc.es
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