lunes, 24 de febrero de 2014

Obligan al Banco Ceiss a devolver 36.000 euros colocados en preferentes

...Pese a que el perfil del preferentista no se ajusta al de fallos anteriores, al tratarse de un joven arquitecto.

l | ponferrada 20/02/2014


El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ponferrada ha fallado a favor de la demanda defendida por Castrillo Asesores por la que reclamaban al Banco Ceiss la devolución a su cliente de 36.000 euros colocados en preferentes en el año 2004.

La peculiaridad de este fallo es que la persona que suscribió las preferentes del Banco Ceiss no se ajusta al perfil de cliente preferentista al que, hasta la fecha ha venido dando la razón los juzgados ponferradinos: personas mayores y con escasa preparación para entender el producto que les estaban colocando.
En caso, se trata de una persona joven y de una profesión, arquitecto, que podrían inducir a no sospechar sobre su falta de preparación para interpretar este producto.

Así lo reconoce en su fallo la titular del Juzgado número 1 de Ponferrada al aseverar que «el demandante, de los datos ofrecidos por las partes, aun sin ser una persona ?como ha ocurrido en otros casos? con escasa cultura, recursos, ?es arquitecto? no puede ser calificado como experto en mercados financieros». Es más, prosigue que «la titularidad de acciones no supone, sin más, conocer las peculiaridades de tal mercado, y en sentido estricto, no supone el conocimiento de los rasgos de las preferentes».

Y es que el demandante, catalogado por el director de la sucursal como «un ahorrador» aseguró ante el juez que consideraba que estaba suscribiendo un producto similar al plazo fijo. De hecho, en su declaración ante el juez, el bancario confirmó que «fue él quin lo llamón y le ofertó el producto, que se comercializó como si fuera un plazo fijo, totalmente garantizado y que si quería recuperar el dinero, bastaba con avisar con tres días de antelación».

El fallo obliga a la devolución de los 36.000 euros e intereses, y condena al Banco Ceiss al abono de las costas procesales.

Otros 71.000 euros
Junto con esta sentencia, el Juzgado número 1 ha fallado en contra del Banco Ceiss obligando a devolver a una mujer octogenaria, pensionista y sin conocimiento en inversiones la cantidad de 41.000 euros colocadas en 2010 en obligaciones subordinadas. Asimismo, en otro caso defendido, como el anterior, por el Despacho Ábaco, el Juzgado número 2 declaró la nulidad del contrato de subordinadas suscrito en 2008 por un matrimonio de Bembibre, obligando al Banco Ceiss a devolver 30.000 euros.

FUENTE: www.diariodeleon.es

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