lunes, 20 de enero de 2014

Condenan al Ceiss a devolver 348.000 euros al taxidermista Solís Fernández

El juzgado anula el contrato de preferentes que firmó con la venta de su colección.

CARLOS FIDALGO | PONFERRADA 16/01/2014
El taxidermista de Matarrosa del Sil Solís Fernández recuperará todo el dinero que invirtió junto a sus hermanos en participaciones preferentes después de vender su colección al Museo Natura Ibérica de Carracedelo. Así lo establece la sentencia del juzgado número 2 de Ponferrada a la que ha tenido acceso este periódico y que condena al Banco Ceiss a restituir a Fernández y a sus dos hermanas la cantidad de 348.000 euros. La magistrada Amelia María Pérez, que ya ha firmado otras sentencias favorables a preferentistas, anula la orden de compra de valores de 348 títulos de participaciones preferentes, emitida en noviembre de 2009, y de todos los contratos vinculados por entender que ninguno de los cuatro hermanos —uno de ellos ya fallecido— debieron se considerados clientes inversores por su avanzada edad y su falta de conocimientos financieros para comprender el funcionamiento de un producto tan complejo y de alto riesgo.
La sentencia considera probado que hubo una «negligente actuación, maliciosa y engañosa de la parte demanda (la antigua Caja España) al colocarles un producto financiero complejo, sin haberles informado de las características, naturaleza y riesgos que conllevaban» y «sin haber analizado tampoco, previamente, su perfil inversor». La magistrada observa «una infracción al principio general de buena fe» por parte de la entidad bancaria, pero también «la existencia de dolo civil» por la «defectuosa información facilitada» a los clientes.
Solís Fernández y sus dos hermanas había solicitado la devolución de 304.000 euros al descontar 43.000 euros de intereses recibidos, pero el juzgado advierte de que la entidad de crédito no ha confirmado este importe, por lo que la condena a devolver los 348.000 euros íntegros y deja para el momento de la ejecución de la sentencia la estimación de la cantidad que los demandantes reigresarán al banco.
El Banco Ceiss —que negó la existencia de dolo o error en el consentimiento de sus clientes y argumentaba que la acción había caducado— tiene un plazo de 20 días para recurrir la sentencia.

FUENTE: www.diariodeleon.es

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario